La
criminalización del conflicto mapuche
Por
Fernando de la Cuadra (*)
ALAI, América Latina en Movimiento, 23/08/10
La
huelga de hambre iniciada por un grupo de 31 presos políticos
mapuches en diversas cárceles de Chile ya completó los 40
días y las autoridades chilenas todavía no han dado
ninguna respuesta a un conjunto de reivindicaciones que han
levantado los huelguistas y las organizaciones del pueblo
mapuche. Las demandas que ellos plantean a la autoridad son
justas y legitimas:
1. Por el
derecho a un debido proceso o juicio justo sin los montajes
político- judiciales actuales y el uso de violencia
institucionalizada que incluye la tortura;
2. Por el
fin de la ley Antiterrorista, hecha durante la dictadura, y
cuya aplicación a la causa mapuche permite todo tipo de
acciones ilegítimas condenadas por las Naciones Unidas. Su
uso es facilitado por la criminalización de las luchas legítimas
del pueblo mapuche;
3. Por el
fin de la Justicia Militar que promueve la impunidad a los
crímenes del Estado desde los tiempos de la dictadura y que
ahora acentúa su guerra contra el pueblo mapuche. Fin del
uso de procesos civiles y militares a un mismo preso;
4. Por la
libertad de todos los presos políticos mapuche
encarcelados; y
5. Por la
desmilitarización de las zonas mapuche donde las
comunidades reivindican sus derechos políticos y
territoriales.
Esta Ley
Antiterrorista prevé la aplicación preventiva por hasta
dos años de un sospechoso, así como impide a los abogados
de defensa acceder a la investigación o interrogar a
testigos cuya identidad es mantenida en secreto. Es decir,
con la criminalización de la causa mapuche, el Estado
chileno ha transformado la solución institucional y democrática
del conflicto, en una cuestión estrictamente judicial, cuya
consecuencia más directa ha sido la estigmatización de los
mapuches como un pueblo violento.
Por su
parte, la prensa escrita y audiovisual ha ignorado esta
huelga de hambre, centrando las informaciones en el drama
que afecta a 33 mineros sepultados hace más de dos semanas
en la mina San José, al Norte del país. Excepto por unos
pocos medios de comunicación, se ha impuesto un vergonzoso
manto de silencio e indiferencia sobre esta otra tragedia
que asola a Chile. Según las últimas informaciones
difundidas por los familiares de los huelguistas, la salud
de la mayoría de ellos se encuentra resentida después de
casi mes y medio sin ingerir alimentos. Frente a la
perseverante lucha de los mapuches por conquistar sus
derechos, el mutismo del gobierno torna aún mas ilegitima
la aplicación de una Ley Antiterrorista que ha sido
condenada por Naciones Unidas y por organismos
internacionales de Derechos Humanos.
El
estallido contemporáneo del “conflicto mapuche”
La expresión
contemporánea del conflicto entre los mapuche y el
gobierno, las empresas forestales y de energía (embalses),
se instaló a fines de 1997 (1 de diciembre), fecha en la
cual fueron incendiados tres camiones cargados con madera
que salían de un terreno en litigio entre una empresa
forestal (Forestal Arauco) y las comunidades de la zona de
Lumaco, Novena Región. La población mapuche de ese sector
argumentaba su pretensión de recuperar los terrenos en
manos de la forestal apelando a sus derechos ancestrales.
Desde esa ocasión y hasta la fecha, la Intendencia de la
Región de la Araucanía ha interpuesto diversos recursos en
la Corte de Apelaciones de Temuco para que se aplicara la
Ley de Seguridad Interior del Estado y actualmente la Ley
Antiterrorista, una de las más nefastas herencias del régimen
dictatorial. Desde ese periodo, el gobierno viene
advirtiendo que sancionará “con el mayor rigor de la
ley” a aquellos grupos que insistan en desacatar el Estado
de derecho y algunos de sus representantes vienen
realizando, desde hace ya un tiempo, fuertes denuncias
contra las acciones “perpetradas” por los comuneros.
A partir de
esa fecha son innumerables las ocupaciones, los actos de
protesta y acciones de descontento que se han producido en
diversas localidades del Sur del país, algunas de las
cuales adquirieron inusitada violencia por parte de los
grupos en conflicto: por un lado, las comunidades mapuches,
organizaciones ecologistas e indigenistas, y por el otro,
las fuerzas policiales “del orden” y guardias de
seguridad contratados por las empresas.[1] En la Región de
la Araucanía se desarrolla, por lo tanto, desde hace varios
años este conflicto entre las comunidades mapuche que
reclaman tierras “ancestrales” y las empresas agrícolas
y forestales que actualmente poseen los derechos de
propiedad sobre dichas tierras.
Algunos de
estos enfrentamientos han cobrado la vida de jóvenes
integrantes del movimiento mapuche. Los hechos han
demostrado que quienes han perdido la vida o los que han
sido agredidos en su gran mayoría son integrantes de esta
etnia.[2] La tensión generada por estos asesinatos y por
otros gestos de violencia policial, llevó al gobierno a
declarar la Ley Antiterrorista para juzgar las acciones
emprendidas por las organizaciones mapuches
responsabilizadas por los ataques a empresas y explotaciones
aledaños a sus comunidades.
La aplicación
de dicha Ley ha sido criticada por diversos abogados y
especialistas, que la consideran una aberración jurídica
en la medida que atribuye como causal de un acto terrorista
a cualquier persona que proceda a “colocar, lanzar o
disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de
cualquier tipo, que afecten o puedan afectar la integridad física
de personas o causar daño.” Con esta definición ambigua
y sumamente vaga puede ser encausado como acto terrorista
cualquier actividad promovida por grupos anti-sistémicos o
movimientos sociales que, por ejemplo, puedan hacer uso de
barricadas o lanzar bombas molotov en una manifestación.
Indiscutiblemente
la violencia represiva desplegada por el Estado chileno va
de la mano con la mencionada estigmatización del pueblo
mapuche, que en muchas ocasiones es definido como violento y
sin ninguna capacidad de dialogo, demasiado obcecado por
recuperar su patrimonio. Efectivamente, en muchas
oportunidades los mapuches han reaccionado de manera
violenta a la instalación de empresas forestales o
proyectos hidroeléctricos en su territorio, pero ello ha
sido provocado también porque no han sido consultados
previamente respecto a estos emprendimientos, excluyéndolos
de cualquier debate bajo el pretexto (y el prejuicio) de que
estas comunidades son por esencia contrarias al progreso
económico.
La pregunta
en este caso es precisamente de que tipo de progreso estamos
hablando o hasta donde dicho progreso afecta los ecosistemas
naturales dejando una “huella ecológica” de gran
impacto, difícil de ser contornada por simples medidas
paliativas. Las comunidades mapuches también están
concientes que muchos proyectos realizados en ecosistemas
naturales poseen externalidades ambientales negativas, las
que finalmente afectaran directamente la propia
supervivencia y sustentabilidad de esas comunidades. Como
bien nos recuerda Gonzalo Rovira en su artículo,
“Patrimonio natural y políticas públicas”, el llamado
progreso con su uso creciente y dramático de recursos
naturales, tiende a expandir la frontera, aumentando la
proporción de zonas intervenidas, para satisfacer así una
creciente demanda por bienes y servicios.
A ello se
suma una concepción más generalizada del Estado, que se
encuentra asociada a la criminalización de la protesta
social. Las manifestaciones de las organizaciones y las
comunidades muchas veces son tratadas como un tema policial
y de seguridad interior, lo cual termina justificando el uso
excesivo de la fuerza represiva y la aplicación de la ley
antiterrorista a acciones de propaganda que buscan llamar la
atención de esas mismas instituciones.
Según un
reciente informe del Relator Especial de Naciones Unidas
sobre los Derechos y Libertades Fundamentales de los Pueblos
Originarios, James Anaya, el Estado chileno debe terminar
con el uso de la fuerza para pasar a construir confianza y
espacios de mayor participación en las negociaciones para
responder a las diversas demandas de este pueblo, desde la
restitución de tierras ancestrales hasta aspectos de
acercamiento intercultural, que incorpore la noción de
diferencia a partir de la educación básica: “El mayor
desafío que tiene Chile es transversal. Necesita construir
confianza, necesita que los indígenas recuperen la
confianza perdida a causa de años de historia…”.
En este
sentido, la estrategia del gobierno socialista de Michelle
Bachelet también fue muy contradictoria. Por una parte, las
autoridades habían confirmado el Convenio 169 de la OIT
(Organización Internacional del Trabajo) que consagra los
derechos de los pueblos originarios, y que, por ejemplo,
obliga a los Estados ratificantes a hacer una consulta
previa antes de desarrollar cualquier proyecto o
emprendimiento en territorio indígena. Por otra parte, el
gobierno intentó focalizar e incluso transferir el
conflicto a determinadas comunidades, que aparecían como el
centro neurálgico de las disputas por tierra, siendo que el
problema tenía una magnitud bastante mayor y más compleja.
Las acciones represivas tópicas durante la administración
de Bachelet solamente escondieron la raíz del conflicto,
que si bien posee un componente tangible de demanda por la
tierra, también supone construir una política indígena
global que pasa por cuestiones de identidad, nacionalidad y
autonomía.
Desde la
asunción del gobierno de Piñera la situación del pueblo
mapuche ha empeorado, visto que su base de apoyo son
precisamente los mismos empresarios agrícolas y forestales
que durante décadas han participado en las acciones de
represión y despojo de esta comunidad originaria. Con la
evidente oposición del gobierno y la apatía y falta de
movilización de la sociedad, existe un riesgo predecible
que la atención a las demandas de los huelguistas sólo
comience a ser concedida después de algún desenlace fatal.
Eso seria un error dramático e inexcusable para cualquier
país que aspira a construir una convivencia democrática mínima.
(*)
Sociólogo chileno, miembro de la Red Universitaria de
Investigadores sobre América Latina (RUPAL).
Notas:
[1]
Una cronología pormenorizada de estas ocupaciones y de otro
tipo de manifestaciones (huelgas de hambre, marchas, tomas
de caminos, tala de bosques, etc.) se encuentra en los
diversos números de la revista del Observatorio Social de
América Latina, publicada por CLACSO o en los diversos
documentos del Observatorio de Conflictos Ambientales
editados por la Casa de la Paz.
[2]
Existen tres sucesos de graves consecuencias que han
acaparado la atención de la opinión pública nacional e
internacional. La primera fue el asesinato del estudiante
mapuche Edmundo Lemus (de 17 años) que recibió una bala
disparada por las Fuerzas Especiales de Carabineros mientras
participaba en una movilización pacífica de recuperación
de tierras efectuada en el Fundo Santa Elisa de propiedad de
la forestal Mininco, en las proximidades de Angol. A
comienzos del 2008, el 3 de enero, murió a causa de una
herida de bala disparada por la Policía, el joven activista
Matías Catrileo (22 años). Otro caso que provocó gran
consternación fue el asesinato del comunero Jaime Mendoza
Collio (24 años), acontecido en agosto del año pasado,
tras el desalojo policial de un fundo agrícola en Angol.
El
Estado chileno pretende tapar el sol con
un dedo: ante huelga de hambre
mapuche, responde con alimentación a la fuerza
El
porqué de la huelga
Por
Victoria Lozano
La Haine, 04/09/10
La huelga
de hambre iniciada por 32 presos políticos mapuche, cumple
esta semana más de cincuenta días. Iniciada con el
objetivo de conseguir verdadera justicia y a la vez
evidenciar la política racista de brutales violaciones a
Derechos Humanos que se ha extendido contra sus
movilizaciones, Chile responde como mejor sabe hacerlo, con
el autoritarismo propio de un Estado parido por militares y
empresarios.
“Preocupados
de no dejar morir de hambre a nuestros hermanos, Chile
prefiere dejarlos morir encarcelados” reflexiona irónicamente
Raúl Nahuelpan, uno de los voceros de la Coordinación de
Organizaciones Autónomas Mapuche de Santiago, a propósito
de los fallos judiciales que autorizan implícitamente a
usar la fuerza para alimentar a los huelguistas.
Ylenia
Hartog, abogada máster en Derecho Internacional de los
Derechos Humanos y Co-representante de los Lonkos Pascual
Pichún y Aniceto Norín, explica a Diario Uno las
resoluciones mencionadas, “Se trata de dos fallos de las
Cortes de Apelaciones de Concepción y de Temuco en el que
se acogen los Recursos de Protección interpuestos por
Gendarmería”
En el
primero, se reconoce el derecho de 8 presos políticos
mapuches a manifestar su opinión y decidir en cuanto a sus
actos personales. Pero, destaca el deber del Estado de velar
por la vida, integridad física y psíquica de los mismos,
razón en la que se fundamenta permitir a Gendarmería
adoptar todas las medidas necesarias para mantenerles el
buen estado de salud.
El segundo
fallo, respecto de 21 huelguistas, determina que este actuar
constituye un atentado a la vida e integridad física y
autoriza a Gendarmería para adoptar las medidas conducentes
para internarlos en caso de urgencia, en un centro
hospitalario para su completa atención médica, hasta su
completo restablecimiento.
La abogada
señala que las Cortes han salvaguardado el derecho a la
vida por sobre otros, con lo que se elude el choque de
derechos existentes y que serían también necesarios de
someter a discusión. “Creo que es normal y comprensible
que las autoridades penitenciarias estén preocupadas. Lo
que no es comprensible, es que en Chile estas decisiones se
tomen sin oír a los huelguistas, en condiciones de
aislamiento comunicacional y con amenaza flagrante de
violación de los derechos fundamentales referidos al debido
proceso del pueblo mapuche”
Según el
Derecho Internacional, estos presos, constituyen presos de
conciencia, lo que significa un atentado a su libertad de
pensamiento, ideológico, de huelga y de expresión. Tratándolos
como personas sin pensamiento, que no saben qué hacen con
sus vidas y sin conocer las consecuencias de sus actos,
estarían amenazando el derecho y el deber del Estado de
evitar un delito por omisión, aunque fuera una situación
que el mismo gobierno a través de toda su maquinaria
judicial ha instigado y apoyado, concluye Hartog.
El
porqué de la huelga
La serie de
irregularidades que cercan los procesos judiciales a los
comuneros mapuche que han decidido reivindicar sus derechos
territoriales y políticos, son parte de una política
racista del Estado chileno que se ampara en una maquinaria
legal impuesta por la dictadura.
La
existencia de otra nación al interior del Estado es una
realidad compleja, a la cual Chile ha respondido con la más
dura represión, sentencia Alberto Espinoza, abogado de la
FASIC (Fundación de ayuda social de las iglesias
cristianas) y activo defensor contra las violaciones a
derechos humanos, quien explica las dos vías
institucionales con las que se persiguen los actos
reivindicativos de este pueblo: aplicación de la ley
antiterrorista y justicia militar".
Ley
antiterrorista (18.314)
Creada para
castigar y eliminar la insurrección que se enfrentaba al
Chile autoritario, esta ley fue promulgada en mayo de 1984,
determinando las conductas terroristas y su penalidad. El
fin del régimen militar y el posterior arribo de la
Concertación no encarnaron un cambio significativo en la
democracia necesaria del poder constituyente ni tampoco en
la legislación represora de la protesta social.
La
Concertación se valió de esta arma legal para desmantelar
la subversión, sin piedad cuando esta se de levantó en
contra de los intereses económicos desarrollados en las
ancestrales tierras mapuches. El Wall Mapu ha sido invadido
y ocupado desde la “Pacificación de la Araucanía” y
explotado por importantes grupos económicos de Chile y
transnacionales, bajo el alero de todo el aparataje del
orden público y militar.
En el
contexto de la lucha por existir-explica Espinoza- ocurre
que la aplicación de la ley antiterrorista, permite al
Estado chileno imponer penas mucho más altas, detención de
las personas sin formalización hasta por diez días,
registros de la investigación que son prácticamente
secreto de sumario de los fiscales, testigos sin rostro y
una serie de restricciones al debido proceso. El abogado
agrega que la ley viola el Principio de legalidad, según el
cual los delitos deben estar plenamente tipificados, “ Aquí
la subjetividad y arbitrariedad son lo más claro, por
ejemplo, se asume como terrorista la utilización de armas
de destrucción masiva, que en el caso de los mapuche
constituyen un montón de hojas y fósforos".
Testigos
sin rostro, los encapuchados legales
La comisión
de prisión política de la CAM, detalla cómo la facultad
que otorga la ley antiterrorista de dar credibilidad a los
testigos sin rostros, habría sido utilizada por fiscales y
el propio Ministerio Público para inculpar a comuneros
mapuche a cambio de dinero, estos testigos pagados son parte
de las acusaciones que la Comisión de Derechos Humanos de
la Cámara de Diputados se aprontaría a investigar.
Lo grave,
enfatiza Hartog, es que al no saberse la identidad ni
poderse realizar preguntas que apunten a revelar la
idoneidad del testigo en el sentido de que no tenga
intereses personales que no sea la justicia y el
esclarecimiento de la verdad, como pudiera ser la obtención
de un determinado beneficio económico en sus diversas
formas, ya no puede el sistema garantizar el debido proceso.
Justicia
militar
La aplicación
de la justicia militar, donde quien decide es un
juez-militar, según el procedimiento que su exclusivo código
de justicia establece, no debiera ser ocupada para tratar
casos de civiles -señala Espinoza- en el caso de la lucha
mapuche, cuando el enfrentamiento se ha realizado con
carabineros, la justicia militar se aplica, aún cuando
estos últimos no pertenecen a la rama militar del Estado.
Lo que explica la lógica de militarizar encubiertamente la
zona Mapuche, utilizando a carabineros que cuentan con el
respaldo judicial para actuar por ejemplo, asesinando por la
espalda (Jaime Mendoza Collío, 24 años de edad) Suma a
esto que existen, según detalla el Informe de Derechos
Humanos 2010, de la Comisión Ética Contra la Tortura,
siete comuneros doblemente procesados por el mismo delito,
violándose otro principio de derecho universal, según el
cual nadie puede ser procesado dos veces por el mismo hecho,
explica el abogado.
Estos
excesos son repudiados por quienes son víctimas del abuso
de poder, problemática que no se reduce sólo a los
mapuche, sino que es parte de una deuda y un desafío
urgente para todos los chilenos. En palabras de Ylenia
Hartog, “es incomprensible que el Estado, teniendo
sentencias condenatorias de tribunales internacionales en
materia de derechos humanos siga reincidiendo. ¿No es esta
la verdadera puerta giratoria de la que deberíamos
preocuparnos?”
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