¿Reformas?
¿Cambios estructurales?
Por
Manuel Alberto Ramy (*)
Desde La Habana
Progreso Weekly, 24/07/08
Las tierras
ociosas, las invadidas por el marabú o aquellas explotadas
deficientemente pueden ser entregadas a nuevos y/o viejos
productores. Así lo dispone el Decreto–Ley 259 que regula
el traspaso de tierras en concepto de usufructo, y que ha
sido publicado en todos los medios de prensa del país.
La condición
de usufructuario es personal e intransferible, salvo
incapacidad del beneficiado, quien podría proponer a uno
nuevo entre los que han laborado con él.
El
otorgamiento de tierras se aplica a las distintas formas de
propiedad y de producción – granjas estatales,
cooperativas y productores individuales son beneficiados por
el decreto.
Para las
personas naturales la tierra entregada en usufructo tiene un
término inicial de 10 años con prórrogas sucesivas de 10
años, es decir prácticamente de por vida. En el caso de
las personas jurídicas (granjas estatales y cooperativas),
el usufructo es de 25 años prorrogables por otros 25.
Uno de los
artículos del decreto–ley estipula que el "área a
entregar a cada usufructuario, bien sea persona natural o
jurídica, se determina según las posibilidades de fuerza
de trabajo, de recursos para la producción, el tipo de
producción agropecuaria para el que se van a destinar las
tierras y la capacidad agroproductiva de los suelos".
La ley establece 13,42 hectáreas como límite máxime a
entregar a las personas naturales, y para aquellos que
posean tierras "en propiedad o en usufructo podrán
incrementarlas hasta completar 40,26 hectáreas".
A primera
lectura, y por cierto de profano en el tema –ya
entrevistaré a algún experto– la entrega de la tierra no
parece estar destinada a algún tipo específico de producción
orientada desde arriba (entiéndase
"verticalismo"). El texto legal dice que "serán
utilizadas en forma racional y sostenible de conformidad con
la aptitud de uso del suelo para la producción
agropecuaria". Vale anotar la presencia decisiva del
criterio técnico especializado.
Otro
aspecto interesante y que abre una incógnita a despejar es
cuando en el artículo 11, relativo a quiénes pueden
obtener tierras en usufructo, el acápite d) se refiere a
"otras personas jurídicas constituidas conforme a la
ley que excepcionalmente se autoricen (…)". Esta
autorización excepcional ¿a qué posibles personas jurídicas
se refiere? ¿Se trata de una ventana abierta a posibles
inversiones foráneas en el sector agropecuario?
La pregunta
no es ociosa, ya que las personas jurídicas nacionales ya
están contempladas en el decreto–ley.
El
Decreto–Ley estrena el pago de impuestos para los
productores nacionales, que hasta ahora solo se aplicaban a
los llamados "cuentapropistas" (trabajadores por
cuenta propia). El pago de impuestos ha sido a lo largo de años
un tema de profunda meditación en el seno de la dirección
política del país, pero siempre fue desestimado. A
comienzos de este año los cubanos que trabajan en empresas
mixtas y reciben gratificaciones en moneda fuerte comenzaron
a pagarlos de acuerdo con una escala progresiva. Ahora les
toca a los agricultores. ¿Sorpresa?
Ya Raúl
Castro lo había sugerido y también definido como un
elemento regulador. La aplicación de impuestos está a la
vista y supone que su implementación será paulatina y
estaría asociada a los también paulatinos aumentos
salariales e ingresos por sobreproducción.
El 26 de
julio del pasado año, el entonces presidente provisional Raúl
Castro anunció en su discurso modestos cambios
estructurales y otros de mentalidad y en el estilo de
trabajo. Pero hizo énfasis en el tema del sector
agropecuario, definido como de seguridad nacional, y anunció
medidas como la entrega de tierras, que ahora se fundamenta
legalmente. Este último punto llega antecedido por
convertir a los municipios en el eje o pivote para estas
producciones, medida ciertamente descentralizadora. La
experiencia, muy reciente aún para medir su impacto, será
aplicada al menos en la conformación de los planes de
viviendas, que en lo adelante será atributo municipal. La
realidad está en las bases productivas –a los que se
estimula con salarios según la productividad de cada
quien–, y en los núcleos primarios de la organización
administrativa: los municipios. Obviamente se trata de
respuestas realistas.
Pero lo
anterior no solo muestra un corolario económico y de
racionalidad administrativa y de planeamiento, sino que al
partir de las bases tiende a limitar, quiérase o no, el
poder político de la burocracia y debe incidir
positivamente en la escala de la estructura gubernamental.
No debe
sorprendernos –y repito lo dicho en trabajos del pasado año–
que para finales de 2008 la re–estructuración de la
Administración Central del Estado (ministerios y otros
organismos autónomos) se haga en base a una racionalidad en
busca de mayor agilidad y eficiencia.
¿Reformas?
¿Cambios estructurales?
No debemos
perder de vista que los cambios, en apariencia aislados,
responden a una concepción integral, y que las medidas
descentralizadoras en un área repercuten en otras. Más
concreto, y se trata de una inquietud que registro en no
pocas personas, especialmente en las que laboran en el mundo
del pensamiento, ¿reformas o cambios estructurales? No soy
experto en el tema, pero reformas (y las hay) y cambios
estructurales están íntimamente relacionadas. Lo que
suceda en una repercutirá en la otra. Lo demás consiste en
las opciones de por dónde empezar, si por cambios
estructurales o por reformas, si por el complejo de
relaciones que soportan a las instituciones o por
alteraciones sensibles en estas últimas, que en definitiva
no son más que el cuerpo visible de las primeras.
Ambas
opciones muestran perjuicios y beneficios que se verían
aumentados o disminuidos según de acertada sea la decisión,
que siempre será política y obviamente tiene en cuenta la
delicada situación de la economía interna y la crítica a
escala planetaria. Pero lo ineludible es que hay que hay que
realizar transformaciones desde, por y para el socialismo y
en beneficio concreto para todos los cubanos.
Hasta el
momento, y guiándome por los actos y decisiones tomadas, la
ruta ha comenzado por un cambio estructural (en el sector
agropecuario), pero la primacía está en el conjunto de
reformas que han venido poniéndose en práctica y otras que
evidentemente son previsibles, como los mencionados
impuestos.
Un vuelco
estructural completo, del que son partidarios algunos
destacados especialistas,
pero cuyos beneficios serían más dilatados en el tiempo,
además de otras posibles repercusiones, ¿es lo más
oportuno? ¿O será acaso más apropiada la aplicación
paulatina de reformas que, partiendo de una visión integral
para esta etapa de cambios y con previsiones a largo plazo
vaya imponiendo modificaciones a la estructura hasta el
cambio completo? Siempre
he escrito que estamos ante un proceso que como los cohetes
transita por etapas y que ha sido impulsado por la dirección
política del país.
No soy
especialista, tampoco dispongo de las informaciones
imprescindibles para una respuesta acabada. Sin embargo los
actos que ha ido tomando la dirección política del país
en correspondencia con su percepción de la realidad y en la
asunción de los temas más acuciantes me indican que el
camino va de las reformas a los cambios estructurales y no a
la inversa.
(*)
Manuel Alberto Ramy es jefe de la corresponsalía de Radio
Progreso Alternativa en La Habana y editor de la versión en
español del semanario bilingüe Progreso Weekly/Semanal.
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