Ante
el Juicio Oral contra Romina Tejerina, movilizamos en Jujuy el
2, 3 y 9 de junio a Tribunales (Independencia y Gorriti) a las 8 hs. y
en Buenos Aires a la Casa de Jujuy, Av. Santa Fe 967
Redoblemos
la campaña por la libertad de Romina Tejerina
Por
César Rojas
Socialismo o Barbarie, periódico, 03/05/05
Romina
Tejerina (21 años, de San Pedro, Jujuy) se encuentra en prisión
desde hace 26 meses. Romina quedó embarazada producto de la violación
de un vecino de 38 años (Ramón Vargas) que la amenazó para que no
lo denunciara. Meses después, se deshizo sola y en serios riesgos
para su propia vida del producto de la violación. Las cargos que se
le imputan no pasan por el aborto (que es ilegal en Argentina, aun en
los casos tan aberrantes como éste), sino que la causa está
caratulada como homicidio. Mientras tanto, el violador se
encuentra en libertad. Los días 2, 3 y 9 de junio próximo tendrá
lugar en Jujuy el juicio contra Romina. En esos días se desarrollarán
movilizaciones en esa ciudad y en Buenos Aires. Hablamos con la
abogada de Romina, Mariana Vargas, que nos contó la marcha del
proceso.
Rechazo
de la excarcelación
SoB:
¿Cuáles son las últimas novedades en relación a la causa de Romina?
Mariana
Vargas:
El 12 de abril se presentó un pedido de excarcelación a favor de
Romina Tejerina en la Sala II de la Cámara en lo Penal. Como ya se ha
cerrado la instrucción penal y se elevó la causa a juicio, el
expediente se está tramitando en dicho tribunal.
SoB: ¿En
qué se fundamentaba el pedido para lograr la libertad de Romina?
MV:
La excarcelación se basaba principalmente en el hecho de que Romina
se encuentra privada de su libertad desde hace más de dos años. Y no
teniendo aún condena, ello implica que están excedidos los tiempos
de la prisión preventiva, cuyo máximo legal permitido es dos años.
SoB:
¿Qué ley vigente establece ese límite para que una persona, aún
sin sentencia siga detenida? Acá claramente parece que la consideran
culpable de hecho cuando todavía no hay sentencia...
MV:
Tal límite lo establece la ley nacional 24.390, reglamentaria de
normas constitucionales que establecen que el imputado de un delito
debe ser juzgado en un tiempo razonable o ser puesto en libertad. No
hubo ninguna medida probatoria que justificara que la instrucción
penal demorara lo que demoró -más de dos años- en vez de los 14
meses que establece como máximo el código procesal penal provincial.
Queda claro que la decisión de demorar el procedimiento tuvo que ver
con castigar a Romina, estableciendo en lo hechos un anticipo de pena
sin sentencia, lo que desde ya esta prohibido por normas
constitucionales.
También
en nuestra presentación, además de la clara contravención de esta
Ley, argumentamos que están totalmente en contra de los derechos que
establecen la Declaración Americana de los Derechos del Hombre y de
lo establecido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos en
el Pacto de San José de Costa Rica. En ambos casos, estos derechos
están establecidos y garantizados por ley en el país. Pero el jueves
21 fue rechazado el pedido, pese a lo arbitrario de la detención.
"Fue
un aborto, no un homicidio"
SoB:
¿Cómo está caratulada la causa?
MV:
Pedimos el cambio de calificación del delito que se le imputa a
Romina. Actualmente se encuentra caratulado como homicidio, cuando en
realidad fue un aborto. Hay que diferenciar claramente lo que es jurídicamente
un feto (aborto) de lo que es una persona (homicidio). El tiempo de
gestación del feto (5 meses) hace técnicamente imposible sus
posibilidades de sobrevida, por lo tanto es incorrecto considerarlo
jurídicamente como una persona. Hay reconocidos juristas que
establecen claramente esa diferencia. Cuando se habla del parto o
nacimiento, se hace referencia estrictamente al "nacimiento a término",
y no a la expulsión anticipada del feto, aún cuando nazca con signos
vitales. Ahí estamos en presencia de un aborto.
SoB:
¿Podrías explicar técnicamente el tema para los que no conocemos en
detalle?
MV:
En el expediente de la presentación que hicimos citamos a Bonnet, que
destaca: "la sección del cordón umbilical marca el último nexo
de unión del producto con la madre y cortado éste, la circulación
fetal termina, la respiración y la circulación autónoma se instalan
y el reciente nacido está absolutamente libre y separado de la madre.
El nacimiento termina en este momento". Es por ello que en
nuestra doctrina se ha señalado el corte del cordón umbilical como
el momento preciso en que cesa la tutela jurídica del feto o embrión
a través del tipo de aborto y comienza la protección del niño o
persona mediante el tipo de homicidio.
SoB:
De todas maneras, aunque la excarcelación fuera aprobada y la carátula
del caso cambiada...
MV:
Sí, desde ya, a esta altura los perjuicios causados a Romina (psicológicos,
físicos, etc.,) son enormes e irreparables. Además, aunque tuviera
la asistencia adecuada, es impensable que alguien que ha pasado por
todo lo que ella pasó se pueda recuperar en la cárcel.
SoB:
Recordemos que el proceso, estuvo plagado de irregularidades. Se la
sometió a pericias innecesarias e injustificadas como si fuera ella
la primera sospechada, cuando el violador estuvo desde el primer
momento en libertad y para ella hasta se barajó la posibilidad de la
cadena perpetua. Tampoco se le dio la asistencia médica adecuada a
los numerosos trastornos producto de la violación y el aborto
practicado de forma casera. Es un caso más de culpabilización de la
víctima y de violencia social y estatal.
MV:
Sí, y esta violencia del Estado puede verse también en la sistemática
negativa a recibirnos del gobernador Fellner. Sólo después de mucho
pelear accedió a atendernos el secretario de la Gobernación, Frías,
quien puso las mismas excusas que la secretaria provincial de Derechos
Humanos, la Dra. Aizenberg: que "el tiempo para pedir la
excarcelación aún no había vencido".
SoB:
El alineamiento de la Justicia y el Gobierno provincial están más
que claros. ¿Cuáles son los pasos a seguir en la causa?
MV:
Hemos presentado las pruebas para el sobreseimiento, es decir, para
que no se vaya a juicio y quede directamente en libertad. Esto fue en
los últimos días y estamos esperando una resolución.
SoB:
¿Cómo podemos contribuir a la campaña por la Libertad de Romina?
MV:
Creo que es muy importante acompañar las movilizaciones que se están
organizando. Por ejemplo, distintas organizaciones se manifestaron
ante la Casa de Jujuy en Buenos Aires. Además, claro, es necesario
reforzar la solidaridad y difundir masivamente la lucha por la
libertad de Romina.
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