El principal objetivo de la
consulta amañada del domingo es lograr el aval de la población para
los multimillonarios negocios de exportación de gas de las petroleras
Referéndum avalará la política
de Sánchez de Lozada
Econoticiasbolivia,
15/07/04
Un examen a fondo de la naturaleza
y alcance de las cinco preguntas del referéndum del domingo no deja
lugar a dudas entre los especialistas: el gobierno boliviano está
buscando el aval de la población para que las petroleras extranjeras
puedan ejecutar sus millonarios negocios de exportación de gas. Ni más
ni menos, lo que intentó el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada,
derrocado por una insurrección popular que enarboló la bandera de la
re-nacionalización del gas y el petróleo.
Según el economista Carlos Arze,
especialista del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y
Agrario, el gobierno de Carlos Mesa, mediante una millonaria campaña
de desinformación y una fuerte presión y coerción sobre el pueblo,
"está obligando a la población a optar por dos alternativas que
conducen a una misma situación".
"Una eventual victoria del NO
mantendría la situación tal y como está, es decir, mantendría el
dominio absoluto de las transnacionales sobre los hidrocarburos; una
victoria del SI, al garantizar la vigencia de los contratos con las
petroleras y permitir la libre exportación del gas natural como
materia prima, no sólo que mantendría el dominio de las
transnacionales, sino que permitiría concluir con los planes que la
salida de Sánchez de Lozada dejó pendientes. En este sentido, la
gente puede votar por cualquier opción, pero no decidirá sobre la
modificación de la actual política de hidrocarburos", dice en
un exhaustivo análisis del contenido del referéndum.
El esclarecedor informe de Arze señala
textualmente lo siguiente en torno a cada una de las interrogantes
planteadas en la papeleta electoral:
Pregunta
1:
¿Está usted de acuerdo con la
abrogación de la Ley de Hidrocarburos No. 1689 promulgada por Gonzalo
Sánchez de Lozada?
Esta respuesta probablemente sea
respondida de forma afirmativa, debido a que es palpable el deseo de
los bolivianos para dejar sin efecto dicha Ley y porque su asociación
con el presidente derrocado refuerza esa preferencia. Por ello, tiene
la ventaja de predisponer al consultado a contestar afirmativa a las
siguientes preguntas, que tienen un contenido aparentemente
alternativo a dicha norma repudiada.
Empero, el significado esencial de
esta pregunta no queda explícito por la simple lectura del
cuestionario. Por ello, es preciso recordar que abrogar es dejar sin
efecto una norma en su totalidad, lo que no significa eliminar los
efectos reales producidos por la misma. Asimismo, se debe puntualizar
que la norma que la puede sustituir en el futuro, no tendrá efectos
retroactivos, sino únicamente futuros. Puestas las cosas de este
modo, la abrogación de la Ley 1689 -como lo ha confesado el delegado
presidencial para la revisión de la capitalización, Francesco
Zaratti- no afectará la sustancia de los 76 contratos de riesgo
compartido vigentes, suscritos por el gobierno de Sánchez de Lozada
con las empresas petroleras extranjeras, los que seguirán vigentes
hasta el cumplimiento del plazo previsto en los mismos (por lo menos
40 años); vale decir, que los derechos de propiedad sobre los
hidrocarburos otorgados por el gobierno de Sánchez de Lozada
permanecerán intactos.
Pregunta 2:
¿Está usted de acuerdo con la
recuperación de la propiedad de todos los hidrocarburos en boca de
pozo para el Estado boliviano?
Esta pregunta ha sido presentada
por el presidente Carlos Mesa como la pregunta que da cumplimiento a
su ofrecimiento -hecho el momento de su posesión-, de someter a la
decisión popular la definición sobre la propiedad de los recursos
hidrocarburíferos. Más aún, textualmente ha manifestado que
"estamos hablando del verdadero concepto de nacionalización, la
propiedad real que el Estado boliviano debe tener sobre la totalidad
de sus hidrocarburos".
Ratificando su abierta oposición a
la nacionalización, como sinónimo de expropiación de las empresas
transnacionales, Mesa sostiene una amañada concepción de
"nacionalización". Ella radicaría en la idea de que al
modificar el concepto actual de propiedad estatal de los hidrocarburos
en el subsuelo -inscrita en la Ley 1689- extendiéndola a
"propiedad en boca de pozo", el Estado "recuperaría"
el dominio sobre "el recurso en la superficie" decidiendo
"a quién, cuándo y en qué momento se hace la comercialización"
y garantizando "la decisión en torno a los precios internos y
las subvenciones".
Sobre esta curiosa interpretación,
vale la pena hacer algunas consideraciones.
En primer lugar, cabe recordar que
la Ley 1689 señala que "quienes celebren contratos con YPFB para
la exploración, explotación y comercialización de hidrocarburos
adquieren los derechos de prospectar, explotar, extraer, transportar y
comercializar la producción obtenida". Asimismo, el artículo 99
de proyecto de Ley de Hidrocarburos del Gobierno de Carlos Mesa,
expresa que "los contratos y concesiones que hubiesen sido
suscritos u otorgados bajo la Ley 1689 se regirán por aquella y sus
reglamentos vigentes a la fecha de promulgación de la presente
Ley".
Como la totalidad de las actuales
reservas probadas y probables de gas natural, 55 trillones de pies cúbicos
(TCF), están regidas por los contratos de riesgo compartido, quiere
decir que la supuesta recuperación de la propiedad de los
hidrocarburos solamente tendrá validez para los hidrocarburos que
todavía no se han descubierto.
Como se afirma en la campaña
publicitaria del gobierno, responder afirmativamente a esta segunda
pregunta, significa que "estoy de acuerdo con que no se firmen
nuevos contratos mediante los cuales las empresas petroleras adquieren
el derecho de propiedad de la producción en Boca de Pozo" .
En segundo lugar, el artículo 6
del mencionado proyecto señala que son libres "la importación,
exportación y comercialización de hidrocarburos, GLP de plantas,
productos refinados de petróleo y productos industrializados, previa
provisión de los volúmenes de Gas Natural, Petróleo, Gas Licuado de
Petróleo, productos refinados de petróleo y volúmenes de materia
prima requerida por la industria petroquímica instalada en territorio
nacional, para: i) atender el mercado interno y ii) cumplir los
contratos de exportación suscritos por YPFB con anterioridad a la
vigencia de la presente Ley".
Esto significa que los volúmenes
de hidrocarburos que excedan la provisión del mercado interno
(incluida la materia prima para industrialización) y los volúmenes
de exportación al Brasil y la Argentina, podrán ser libremente
dispuestos por quienes los posean. En otras palabras, según los cálculos
del Gobierno, del total de reservas probadas y probables de gas
natural de 55 TCF y luego de cubrir durante los próximos veinte años
la provisión de 2,7 TCF para el consumo interno, 9,6 TCF de los
contratos de exportación vigentes actualmente y 1,7 TCF para la
industrialización , el saldo de 41 TCF podría ser libremente
exportado.
Adicionalmente, se debe afirmar que
la referencia a una supuesta priorización del consumo interno de
hidrocarburos es engañosa, pues al no mencionar propiamente metas de
política de aprovechamiento interno, sino únicamente proyecciones
basadas en los actuales niveles de consumo que son irrelevantes, y en
ausencia de una empresa pública que tenga el privilegio en la
utilización de dichos recursos naturales, el Gobierno supone que el
incremento del consumo y la demanda de materia prima para la
industrialización dependerá de las decisiones de las empresas
transnacionales. Esto no es más que la reiteración de la política
de Sánchez de Lozada que, en el Reglamento de Comercialización de
Hidrocarburos vigente, establecía parámetros definidos por el actual
consumo de hidrocarburos que es el más bajo del continente y que
constituye un indicador de nuestro atraso económico.
Con respecto a los precios, el
proyecto del Gobierno señala que los precios de comercialización del
gas natural "deberá reflejar precios de libre mercado dentro del
territorio nacional" y que los precios del petróleo, refinados y
GLP destinados al mercado interno serán determinados "a la
Paridad de Exportación del producto de referencia", es decir
"a precios del mercado de exportación". Más aún, en los
criterios de valorización de la producción para efectos del pago de
regalías y del nuevo Impuesto Complementario a los Hidrocarburos (ICH),
se establecen precios de referencia de mercado, ya sean éstos fijados
a través de la referencia a precios internacionales o precios
"reales" de venta, es decir, precios pactados entre
vendedores y compradores.
Todo esto desvirtúa el hecho de
que el Estado adquiera soberanía en la determinación de los volúmenes
a ser comercializados y los precios que regirán en el futuro, los
mismos que se determinarán necesariamente bajo el criterio de obtención
de ganancias por parte de las empresas petroleras extranjeras.
Finalmente, se debe mencionar que
la propiedad de los recursos implica la capacidad de disponer de ellos
libremente, determinando todas las condiciones de su utilización, no
sólo en el caso de la fijación de ciertas condiciones para su
comercialización por parte de las empresas privadas, sino inclusive
para su transformación y consumo en condiciones que no impliquen la
obtención de ganancias o utilidades empresariales. Este es tanto más
importante para un país con bajísimos niveles de consumo de energía,
bajos grados de industrialización, pero con abundancia de recursos
hidrocarburíferos.
Pregunta 3:
¿Está usted de acuerdo con
refundar YPFB recuperando la propiedad estatal de las acciones de las
bolivianas en las empresas petroleras capitalizadas, de manera que
pueda participar en toda la cadena productiva de los hidrocarburos?
La respuesta positiva supondría
traspasar la propiedad de las acciones actualmente administradas por
las AFPs en el Fondo de Capitalización Colectiva, correspondientes a
las empresas Andina, Chaco y Transredes, que podrían alcanzar un
valor mayor a los 700 millones de dólares.
Como se ha mencionado, un primer
efecto previsible sería la reducción del beneficio del Bonosol, por
la reducción de los dividendos provenientes de dichas empresas. Sin
embargo, el aspecto más importante, tiene que ver con el hecho de que
en la perspectiva gubernamental esta refundación no significa otra
cosa que poner en pie una empresa muy limitada en sus atribuciones. En
efecto, según el proyecto de ley de Carlos Mesa, YPFB sería una
empresa dividida en dos entidades, YPFB autárquica y YPFB SAM, que
accederían a actividades del sector con una presencia limitada.
La primera podría intervenir en
actividades petroleras, pero bajo la condición de suscribir contratos
con empresas privadas. En efecto, el artículo 3 del proyecto del
Gobierno señala que YPFB autárquico "ejecutará las actividades
de exploración, explotación y comercialización mediante contratos
de Operación, Desarrollo Compartido o Producción Compartida".
Asimismo, podría actuar como
"agregador y vendedor" en exportaciones que sean
"consecuencia directa de convenios entre el Estado boliviano,
otros estados o empresas"; es decir, que se haría cargo de
garantizar la carga de hidrocarburos en los ductos y podría negociar
las condiciones de venta a otro país. Empero, se establece una
condición: "tendrá prelación para comprar gas de contratos
propuestos entre empresas privadas, siempre que pague el precio
pactado entre dichas empresas".
En otras palabras, en la
eventualidad de que YPFB no posea gas natural -es decir, si no
participa en ninguna asociación productiva con otras empresas- podrá
comprar al precio fijado entre empresas privadas para su posterior
reventa.
Finalmente, YPFB SAM podría ser
una empresa que "actuará solamente en calidad de empresa
tenedora de acciones" de otras empresas del sector de
hidrocarburos y de termoeléctricas. En este sentido, si el referéndum
lo autorizase, YPFB SAM podría establecer una sociedad anónima
tenedora de las acciones de las capitalizadas Andina y Chaco. Esta
claro que YPFB SAM no podría intervenir directamente en actividades
productivas u otras del sector, sino simplemente participar como una
accionista dentro de empresas de sociedad anónima.
Como se puede observar, el nuevo
papel de YPFB es muy limitado, contradiciendo las promesas que enuncia
el Gobierno en el marco de la campaña del referéndum, mencionando
que YPFB estaría presente en "toda la cadena productiva de los
hidrocarburos".
Pregunta 4:
¿Está usted de acuerdo con la política
del presidente Carlos Mesa de utilizar el gas como recurso estratégico
para el logro de una salida útil y soberana al océano Pacífico?
Esta pregunta constituye una
muestra de la capacidad de manipulación gubernamental, pues apela a
un sentimiento patriótico muy enraizado en la población con el
objeto de obtener un aval a la política del Gobierno. Obviamente, se
evita mencionar que la "salida útil y soberana" puede
consistir en cualquier tipo de solución definida libremente por el
Gobierno de Carlos Mesa y, menos aún, que las condiciones de esa
solución al problema de la mediterraneidad incluirá, con seguridad,
la exportación de gas natural a Chile.
De este modo, se desecha una de las
demandas centrales de las jornadas de octubre de 2003, como fue la
negativa a exportar el gas natural como materia prima, que aludía no
sólo a un sentimiento patriótico, sino que revelaba la enorme
susceptibilidad del pueblo boliviano de que sus recursos naturales
sean aprovechados por empresas transnacionales que establezcan
negocios más rentables en el vecino país y transfieran los
beneficios de una posible industrialización hacia dicha economía.
Pregunta 5:
¿Está usted de acuerdo con que
Bolivia exporte gas en el marco de una política nacional que cubra el
consumo de gas de las bolivianas y los bolivianos, fomente la
industrialización del gas en territorio nacional, cobre impuestos y/o
regalías a las empresas petroleras llegando al 50 por ciento del
valor de la producción del gas y el petróleo a favor del país;
destine los recursos de la exportación e industrialización del gas,
principalmente para educación, salud, caminos y empleos?
Nuevamente la manipulación de la
pregunta, en este caso, enfrentando a la gente a una especie de
chantaje: si quiere usted determinados beneficios de carácter social,
debe permitir la libre exportación del gas natural.
Como se ha mencionado arriba, el
proyecto de Ley de Hidrocarburos de Carlos Mesa no establece una
verdadera prioridad del consumo interno.
Asimismo, el Estado no se impone
como obligación la industrialización del gas natural para convertir
al país en exportador de productos con alto valor agregado y
establecer la base para una futura industrialización de su economía,
sino que deja dicha posibilidad a la voluntad y cálculo de las
transnacionales. Es más, el gobierno esgrime el argumento falaz de
que sólo un pequeño porcentaje de los componentes del gas natural
(5% correspondiente al Etano) puede ser utilizado para la
industrialización , cuando existen innumerables ejemplos de que el
componente mayoritario del gas natural (Metano en un 90%) es útil
para la obtención de numerosos productos industriales, lo que le
sirve de justificación para promover como principal objetivo la
exportación del gas como materia prima antes que el establecimiento
de la industria petroquímica nacional. Por ello, en su proyecto de
ley se refiere únicamente al fomento a la industrialización,
mediante algunas ventajas tributarias a favor de las empresas que estén
dispuestas a emprender proyectos de industrialización en territorio
nacional.
Respecto a los impuestos y regalías,
cabe hacer algunas consideraciones acerca del Impuesto Complementario
a los Hidrocarburos propuesto en el proyecto de ley del presidente
Mesa. Este impuesto gravaría a la comercialización del gas natural
destinado a la exportación, el GLP de plantas y el petróleo, estarían
exentos los hidrocarburos existentes y el gas natural para el mercado
interno y supondría la eliminación del actual impuesto denominado
SURTAX.
Su alícuota mínima sería de 2%
para el gas y el petróleo, cuando los volúmenes "promedio
comercializados" de dichos productos no llegasen a los 500
barriles diarios o los 20.000 millones de BTU diarios,
respectivamente. Esta alícuota se elevaría a 5% si se superaran
dichos rangos y llegaran a los 1.000 barriles diarios o los 40.000
millones de BTU diarios. Para volúmenes mayores a los señalados, los
productores deberían pagar el ICH en base a una tabla que eleva la alícuota
a 10% desde el 2004 hasta el 2007, subiendo progresivamente cada año,
hasta llegar a una alícuota de 32% a partir del año 2012.
Sin embargo, a los nuevos contratos
suscritos después de promulgada la nueva ley, se les aplicaría la
escala "sustituyendo el año 2004 por el año de declaratoria de
comercialidad bajo dichos contratos". En otras palabras, si los
contratistas que firmasen contratos nuevos con esta ley, declararan
comerciables sus descubrimientos de hidrocarburos, por decir algo, el
año 2012, no pagarían el 32% ese mismo año, sino únicamente el 10%
correspondiente en la tabla al año 2004, y así sucesivamente hasta
llegar al 32% después de 8 años, o sea el año 2020.
Además, el ICH sería acreditable
contra el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), atribuible
a los hidrocarburos nuevos, es decir, que se pagaría el ICH como
anticipo del pago del IUE. De este modo, si la empresa como resultado
de sus balances contables estuviese obligada a pagar un monto de IUE
que resultara más elevado que el ICH pagado efectivamente, sólo
deberá pagar la diferencia. Al contrario, si el monto del IUE
liquidado fuese menor que el ICH pagado, la empresa obtiene un crédito
fiscal, que le sirve para pagar el IUE de años posteriores.
En conclusión, el pago del ICH de
32% sólo sería efectivo al cabo de 8 años -siempre y cuando se
alcance los elevados volúmenes señalados-, supondría la eliminación
del impuesto SURTAX y sería acreditable contra el IUE, por lo que la
promesa de alcanzar el 50% sobre el valor bruto de los hidrocarburos
producidos no se produciría realmente.
Finalmente, la referencia a una política
que priorice el gasto social está revelando que la intención
verdadera del Gobierno es dar a YPFB una presencia marginal en el
sector petrolero, puesto que no prevé como prioritario su
fortalecimiento, el mismo que no puede darse de otra manera que
reinvirtiendo sus utilidades y ampliando sus acciones a otras
actividades petroleras. El financiamiento de las políticas sociales,
en todo caso, sería mayor si el Estado pudiese controlar el excedente
productivo como propietario real de los recursos naturales y
recuperase el patrimonio subastado a las empresas extranjeras en el
proceso de capitalización.
De este modo, la verdadera intención
del Gobierno, al formular esta quinta pregunta, es la de obtener una
carta blanca para exportar el gas natural como materia prima -tal cual
lo exigen las transnacionales-, apelando al interés legítimo de la
población por cubrir sus principales necesidades.
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