Egipto

 

Abusos sistemáticos en nombre de la seguridad

Amnistía Internacional, 12/01/07

En noviembre de 2006, un blogger egipcio colgó en Internet un sobrecogedor vídeo que mostraba a miembros de la policía egipcia violando a un preso. La víctima era Emad Moamed Ali Mohamed, conocido como Emad al Kabir, un taxista de 21 años. Había sido detenido en enero tras intervenir para poner fin a una discusión entre un primo suyo y unos agentes de policía. Lo acusaron de “oponer resistencia a las autoridades” y lo condujeron ante la Fiscalía, que ordenó su libertad bajo fianza. Sin embargo, los agentes de policía lo llevaron de nuevo a la comisaría de Bulaq Dakrur, en la gobernación de Giza, y lo torturaron.

Lo sucedido a Emad al Kabir no es en absoluto un caso aislado. La tortura y otros malos tratos son prácticas sistemáticas en los centros de detención de todo el país, incluidas comisarías, instalaciones dirigidas por el Departamento de Investigaciones de la Seguridad del Estado y campamentos militares. Este caso no debería sorprender a nadie, ya que, durante años, Amnistía Internacional, el Comité de la ONU contra la Tortura y otras entidades han denunciado que la tortura es una práctica sistemática en Egipto. Lo inusual en el caso de Emad al Kabir es que las autoridades emprendieran medidas contra los presuntos torturadores.

La tortura y otros malos tratos, la detención y reclusión arbitrarias y los juicios manifiestamente injustos ante tribunales militares y de excepción han sido elementos clave en los 40 años de vigencia del estado de excepción en Egipto y en su campaña contra el terrorismo. Los amplios poderes otorgados a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, especialmente a los agentes del Departamento de Investigaciones de la Seguridad del Estado, han desempeñado un papel clave para facilitar esos abusos, especialmente la tortura.

La legislación de excepción también ha impuesto graves restricciones a los derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión.

Tras los ataques perpetrados por grupos armados, la policía de seguridad ha llevado a cabo detenciones masivas sin recurso al debido proceso. Familiares de personas sospechosas también han sido detenidos en redadas y sufrido amenazas y abusos. Una combinación de detención secreta y en régimen de incomunicación ha significado que, a todos los efectos, algunas de las personas detenidas han sido víctimas de desaparición forzada durante semanas o meses. Varias murieron a consecuencia de las torturas. Entre los métodos que las víctimas suelen citar se encuentran descargas eléctricas, palizas, suspensión en posturas dolorosas, reclusión en régimen de aislamiento, violación y amenazas de muerte, de abusos sexuales y de ataques contra miembros de la familia del detenido.

Aproximadamente 18.000 personas recluidas en detención administrativa sin cargos ni juicio, en virtud de órdenes emitidas por el Ministerio del Interior, se consumen en las cárceles de Egipto en condiciones inhumanas y degradantes. Algunas llevan detenidas más de un decenio, incluidas personas cuya liberación ha sido ordenada repetidamente por los tribunales.

Se ha establecido un sistema de justicia de excepción paralelo –que utiliza “tribunales de excepción” constituidos especialmente y juzga a civiles ante tribunales militares– para casos que las autoridades consideran que afectan a la seguridad nacional. Bajo este sistema, las salvaguardias para garantizar juicios justos, como la igualdad ante la ley, el acceso inmediato a un abogado y la prohibición del uso de pruebas extraídas mediante tortura, se han violado de forma rutinaria. El resultado es que ha habido juicios manifiestamente injustos, incluidos procesos en los que los acusados fueron condenados a muerte siendo, en algunos casos, ejecutados.

A pesar del largo y conocido historial de graves violaciones de derechos humanos de Egipto, los gobiernos de otros países, en particular el de Estados Unidos, han optado por enviar a ese país a personas detenidas en el contexto de la “guerra contra el terror”. Estos traslados se han llevado a cabo ilegalmente, sin el debido proceso y en clara violación del principio de no devolución (non–refoulement), la prohibición absoluta de enviar a ninguna persona a un país donde pueda correr riesgo de sufrir abusos graves contra los derechos humanos, como tortura y otros malos tratos o desaparición forzada. Los abusos resultantes eran algo absolutamente previsible.

Este texto resume el informe titulado "Egipto: Abusos sistemáticos en nombre de la seguridad" (Índice AI: MDE 12/001/2007), publicado por Amnistía Internacional el 11 de abril de 2007, en un momento en el que crece la represión contra la oposición y la libertad de expresión en Egipto, y cuando las autoridades están estudiando una nueva legislación contra el terrorismo que amenaza con consolidar la pauta de abusos que hemos presenciado en los últimos 40 años.

En marzo de 2007, el Parlamento egipcio aprobó las enmiendas a 34 artículos de la Constitución en un referéndum nacional celebrado en circunstancias controvertidas. El artículo 179 enmendado es particularmente draconiano y allana el camino para la introducción de nueva legislación antiterrorista. Elimina las salvaguardias legales contra la detención y la reclusión arbitrarias, los registros policiales sin orden judicial, las escuchas telefónicas y la intervención de otras comunicaciones privadas. También permite al presidente evitar los tribunales ordinarios y remitir a personas sospechosas de terrorismo a la autoridad judicial que desee, incluidos tribunales militares en los que no existe el derecho de apelación y que tienen un largo historial de juicios injustos.

Otras enmiendas prohíben la creación de partidos políticos basados en convicciones religiosas, restringen el papel de los jueces al supervisar elecciones y referendos, o permiten al presidente egipcio disolver el Parlamento de forma unilateral.

El informe concluye con una lista de recomendaciones detalladas. En particular, Amnistía Internacional insta al gobierno egipcio a: – revocar la legislación de excepción que permite la comisión de violaciones de derechos humanos, especialmente los juicios injustos ante tribunales militares y de excepción, y que ponga fin a tales violaciones;

– garantizar que la nueva legislación antiterrorista prevista respetará íntegramente el derecho y las normas internacionales de derechos humanos;

– condenar la tortura y otros malos tratos, garantizar que todas las denuncias de tales abusos son investigadas con prontitud y de modo independiente, y llevar a los responsables ante la justicia;

– poner fin a la detención secreta y en régimen de incomunicación;

– poner fin a la detención administrativa; y

– hacer públicos los nombres de todos los presuntos terroristas que han sido trasladados ilegalmente a Egipto desde la custodia estadounidense y de otros países, y poner fin a su participación en los traslados ilegales que tengan origen o destino en Egipto.