Niños palestinos prisioneros en cárceles
de la ocupación
Por Jehad Yousef
FDLP, 30/08/04
A partir del mes de septiembre del
año 2000 aumentó el ritmo de detenciones de niños palestinos por parte
de las autoridades de la ocupación. Según estadísticas del Ministerio
de Asuntos de Prisioneros y Liberados, el total de menores de 18 anos
detenidos desde ese entonces sobrepasó la cifra de dos mil.
Los
niños palestinos son recluidos
sin garantizarles las normas mínimas estipuladas por La Convención para
los Derechos del Niño y la IV Convención de Ginebra para la Protección
de los Civiles en tiempo de guerra.
Por otra parte, las prisiones y
centros de detención e
interrogatorio sionistas dentro del estado hebreo y en las zonas
palestinas ocupadas, adonde llevan a los niños palestinos, han comenzado
a deteriorarse por lo que constituyen un peligro para la
seguridad e integridad de los menores.
A tenor de la Orden Militar 225,
los niños prisioneros son presentados ante tribunales israelíes
militares, que se rigen por una serie de decretos militares y no por
leyes, mientras que los menores israelíes reciben, por parte de las
autoridades de su país, un
trato especial basado en un sistema judicial específico para ellos.
Israel forma parte de la Convención
para los Derechos del Niño, de la Convención Contra la Tortura y otras
referentes al trato y castigos severos, inhumanos o humillantes.
Situación actual de los menores
detenidos
Hasta el día 12 de junio último,
se mantenían detenidos, y aún
se mantienen, 442 ninos palestinos, además de 209 que cumplieron los 18
anos en la cárcel. La edad de los menores que guardan prisión en centros
de detención en los territorios del 48 y lejos de sus lugares de
residencia, oscila entre 12 y 18 años.
Entre los niños prisioneros se
encuentran 22 con carácter administrativo, es decir, que no han sido
acusados ni juzgados. Otros 286 esperan ser juzgados, algunos desde marzo
del año 2003, lo cual contradice lo estipulado en el Artículo 14 del
Tratado Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos y el artículo
40 del Acuerdo Sobre los Derechos del niño. Hay 131 niños que han sido
juzgados por tribunales militares regidos por decretos militares y no en
virtud de legislaciones especiales para los menores de edad.
Órdenes militares racistas
En un intento por legalizar y
justificar la política de arresto de menores, las autoridades emitieron
órdenes militares que autorizan la detención y extensión del período
de encarcelamiento sin ser juzgados. En ese contexto la Orden Militar 132,
del año 1967, autorizó la detención de niños palestinos de 12 a 14 años.
Vale mencionar que las autoridades israelíes de ocupación, a través de
las órdenes militares emitidas, tratan a los palestinos de 16 años como
adultos, lo que constituye una clara violación de la Convención para los
Derechos del Niño la cual determina que la infancia se extiende hasta los
18 años. Con ello las autoridades de ocupación diferencian entre un niño
y otro por su nacionalidad o religión.
El gobierno de ocupación se
acostumbró a atribuirle carácter legal a las violaciones que comete
contra los derechos humanos de los palestinos, por ejemplo legaliza el
empleo de la tortura bajo diferentes pretextos como “requerimientos de
la defensa”.
Torturas a los niños prisioneros
Los prisioneros palestinos son
sometidos a diversos tipos de tortura. Estadísticas del Centro de
Información Israelí para los Derechos Humanos Beitselem, del año
1998, revelan que el Shabak israelí interroga de mil a mil 500 ciudadanos
palestinos al año y que el 85 por ciento de ellos son torturados.
Asimismo, estadísticas de la filial en Palestina del
Movimiento Mundial para la Defensa de los Niños, señalan que el
80 por ciento de los infantes palestinos detenidos son sometidos a
diferentes tipos de tortura y tratos severos, inhumanos y humillantes,
tales como golpes, prohibirles comer y dormir, la tortura denominada
“Fantasma”, la utilización de chorros de agua, insultos, amenazas
verbales y aislamiento en las celdas mientras son interrogados por la
inteligencia militar y la policía israelí.
El hecho de que las autoridades
israelíes de ocupación continúen empleando la tortura y otros tipos de
tratos crueles, inhumanos y humillantes se considera una flagrante violación
del Artículo 37 de la Convención
para los Derechos del Niño, de los Artículos 2 y 16
del Acuerdo contra la Tortura, así como una violación al Tratado
Internacional para la Protección de los Derechos Civiles y Políticos,
específicamente los artículos 7 y 10. Constituye también una violación
a los artículos 31, 32 y 37 de la IV Convención de Ginebra relativa a la
Protección de los Civiles en Tiempo de Guerra, al Artículo 5 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos y, más aún, viola el Artículo
277 del propio Código Penal Israelí.
Durante los interrogatorios no se
les permite a los niños ningún tipo de comunicación, ni con sus
familiares ni con sus abogados a quienes también se les prohíbe
visitarlos en ese período. Muchas veces resulta difícil determinar el
lugar de detención de muchos de ellos. Por otra parte, la visita de los
familiares a sus hijos necesita de un permiso especial que generalmente es
denegado.
Afectación psicológica y
destrucción del futuro de esos niños
Estadísticas del Ministerio de
Asuntos de los Prisioneros y los Liberados indican que el 11 por ciento de
los niños liberados sufren de problemas físicos y síquicos por lo que
necesitan tratamiento médico especializado. El 41 por ciento de los niños
prisioneros tienen entre 16 y 17 años y además de ser privados de su
libertad, también se les niega la posibilidad de que continúen
estudiando.
Por otra parte, muchos de esos niños
estuvieron en prisión entre dos y 12 meses ya que las condenas varían según sea la acusación
formulada contra ellos: de dos a seis meses por lanzar una piedra y 12 por
lanzar una botella incendiaria. Han sido documentados 10 casos en que los
niños permanecieron 24 meses en prisión en espera de ser enjuiciados.
El Ministerio de Asuntos de los
Prisioneros, basado en un estudio y análisis de los casos de detención,
reveló que la mayoría de los menores prisioneros han sido detenidos en
sus casas por la noche, en condiciones aterradoras para ellos y sin tomar
las medidas legales y jurídicas suficientes. Asimismo, los niños son
enjuiciados por tribunales militares no aptos ni especializados. Los
lugares en que son detenidos carecen del mínimo de normas
internacionales.
El propio Ministerio confirmó dos
intentos de suicidio por parte de dos menores en la prisión Kfar Etsion,
en los meses de agosto y septiembre del año 2003, debido a que fueron
encerrados en celdas de aislamiento, lo cual se considera como un trato
severo, tortura y terrorismo.
Niños prisioneros enfermos
Informes y estadísticas del
Ministerio de Asuntos de los Prisioneros señalan la existencia de 31 niños
palestinos enfermos en la prisión, es decir el 7 por ciento del total.
Asimismo, al 64 por ciento de los menores encarcelados enfermos aún no se
les ha celebrado juicio. Según testimonio de los propios niños,
solamente tres de los enfermos han recibido atención médica.
En cuanto a las enfermedades que
sufren esos menores están reumatismo, problemas respiratorios, alergias,
dolores estomacales, problemas nerviosos, cáncer y otras. Según estadísticas
del propio ministerio sobre los niños enfermos el 6,4 por ciento de esas
enfermedades son causadas por las circunstancias de la detención y el
interrogatorio, específicamente crisis nerviosas, falta de aire y
cefaleas.
Entre los menores prisioneros hay
22 que no han sido acusados ni enjuiciados y están bajo la denominada
detención administrativa. Esos infantes representan el 7 por ciento de
los niños palestinos prisioneros en las cárceles y centros de detención
israelíes. Se conoce que a 16 de esos niños les ha sido renovada la
detención administrativa de dos a tres veces. Las edades de los detenidos
sin acusación alguna ni juicio oscilan entre 16 y 18 años.
Centros de detención infantil
Los niños prisioneros son
recluidos en centros de detención, de interrogatorio y en cárceles
israelíes enclavadas dentro de los territorios del 48 y en los
territorios palestinos ocupados. Esas instalaciones pertenecen al ejército
de ocupación, a la Dirección de Prisiones y a la policía israelí. Ello
significa que esos niños están detenidos en zonas alejadas de sus
lugares de residencia.
Generalmente los niños sufren
condiciones extremadamente difíciles en las cárceles como falta de
higiene por la carencia de útiles de aseo. No se bañan por carecer de
agua. Las celdas están húmedas por las filtraciones causadas por las
lluvias y se propagan las enfermedades dermatológicas contagiosas. También
se reportan desnutrición, falta de alimentos, falta de atención médica,
déficit de ropa y medicinas, prohibición de visita de los familiares,
además de golpes y aislamiento.
Asimismo, les prohíben toda
comunicación con el mundo exterior. No tienen a su alcance la educación,
ni a los libros escolares, ni son asistidos por sicólogos, ni por
trabajadores sociales. Son sometidos a registros humillantes y
provocadores. Las celdas carecen de baños y de instalaciones sanitarias
ni siquiera colectivas (uno para cada pabellón). Los carceleros son los
que controlan el horario para el uso de los baños y de las instalaciones
sanitarias (se les permite bañarse una vez por semana).
Tampoco tienen botellones de agua
en las celdas. Los carceleros les dan una botella de agua de 5,1 litros y
cuando se les acaba no pueden volver a llenarla.
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