Palestina no
se rinde

 

Niños palestinos prisioneros en cárceles de la ocupación

Por Jehad Yousef
FDLP, 30/08/04

A partir del mes de septiembre del año 2000 aumentó el ritmo de detenciones de niños palestinos por parte de las autoridades de la ocupación. Según estadísticas del Ministerio de Asuntos de Prisioneros y Liberados, el total de menores de 18 anos detenidos desde ese entonces sobrepasó la cifra de dos mil.

Los niños palestinos son recluidos sin garantizarles las normas mínimas estipuladas por La Convención para los Derechos del Niño y la IV Convención de Ginebra para la Protección de los Civiles en tiempo de guerra.

Por otra parte, las prisiones y centros de detención  e interrogatorio sionistas dentro del estado hebreo y en las zonas palestinas ocupadas, adonde llevan a los niños palestinos, han comenzado a deteriorarse por lo que constituyen un peligro para la  seguridad e integridad de los menores.

A tenor de la Orden Militar 225, los niños prisioneros son presentados ante tribunales israelíes militares, que se rigen por una serie de decretos militares y no por leyes, mientras que los menores israelíes reciben, por parte de las autoridades de su país,  un trato especial basado en un sistema judicial específico para ellos.

Israel forma parte de la Convención para los Derechos del Niño, de la Convención Contra la Tortura y otras referentes al trato y castigos severos, inhumanos o humillantes.

Situación actual de los menores detenidos

Hasta el día 12 de junio último, se mantenían detenidos,  y aún se mantienen, 442 ninos palestinos, además de 209 que cumplieron los 18 anos en la cárcel. La edad de los menores que guardan prisión en centros de detención en los territorios del 48 y lejos de sus lugares de residencia, oscila entre 12 y 18 años.

Entre los niños prisioneros se encuentran 22 con carácter administrativo, es decir, que no han sido acusados ni juzgados. Otros 286 esperan ser juzgados, algunos desde marzo del año 2003, lo cual contradice lo estipulado en el Artículo 14 del Tratado Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos y el artículo 40 del Acuerdo Sobre los Derechos del niño. Hay 131 niños que han sido juzgados por tribunales militares regidos por decretos militares y no en virtud de legislaciones especiales para los menores de edad.

Órdenes militares racistas

En un intento por legalizar y justificar la política de arresto de menores, las autoridades emitieron órdenes militares que autorizan la detención y extensión del período de encarcelamiento sin ser juzgados. En ese contexto la Orden Militar 132, del año 1967, autorizó la detención de niños palestinos de 12 a 14 años. Vale mencionar que las autoridades israelíes de ocupación, a través de las órdenes militares emitidas, tratan a los palestinos de 16 años como adultos, lo que constituye una clara violación de la Convención para los Derechos del Niño la cual determina que la infancia se extiende hasta los 18 años. Con ello las autoridades de ocupación diferencian entre un niño y otro por su nacionalidad o religión.

El gobierno de ocupación se acostumbró a atribuirle carácter legal a las violaciones que comete contra los derechos humanos de los palestinos, por ejemplo legaliza el empleo de la tortura bajo diferentes pretextos como “requerimientos de la defensa”.

Torturas a los niños prisioneros

Los prisioneros palestinos son sometidos a diversos tipos de tortura. Estadísticas del Centro de Información Israelí para los Derechos Humanos Beitselem, del año 1998, revelan que el Shabak israelí interroga de mil a mil 500 ciudadanos palestinos al año y que el 85 por ciento de ellos son torturados. Asimismo, estadísticas de la filial en Palestina del  Movimiento Mundial para la Defensa de los Niños, señalan que el 80 por ciento de los infantes palestinos detenidos son sometidos a diferentes tipos de tortura y tratos severos, inhumanos y humillantes, tales como golpes, prohibirles comer y dormir, la tortura denominada “Fantasma”, la utilización de chorros de agua, insultos, amenazas verbales y aislamiento en las celdas mientras son interrogados por la inteligencia militar y la policía israelí.

El hecho de que las autoridades israelíes de ocupación continúen empleando la tortura y otros tipos de tratos crueles, inhumanos y humillantes se considera una flagrante violación del Artículo 37 de la  Convención para los Derechos del Niño, de los Artículos 2 y 16  del Acuerdo contra la Tortura, así como una violación al Tratado Internacional para la Protección de los Derechos Civiles y Políticos, específicamente los artículos 7 y 10. Constituye también una violación a los artículos 31, 32 y 37 de la IV Convención de Ginebra relativa a la Protección de los Civiles en Tiempo de Guerra, al Artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, más aún, viola el Artículo 277 del propio Código Penal Israelí.

Durante los interrogatorios no se les permite a los niños ningún tipo de comunicación, ni con sus familiares ni con sus abogados a quienes también se les prohíbe visitarlos en ese período. Muchas veces resulta difícil determinar el lugar de detención de muchos de ellos. Por otra parte, la visita de los familiares a sus hijos necesita de un permiso especial que generalmente es denegado.

Afectación psicológica y destrucción del futuro de esos niños

Estadísticas del Ministerio de Asuntos de los Prisioneros y los Liberados indican que el 11 por ciento de los niños liberados sufren de problemas físicos y síquicos por lo que necesitan tratamiento médico especializado. El 41 por ciento de los niños prisioneros tienen entre 16 y 17 años y además de ser privados de su libertad, también se les niega la posibilidad de que continúen estudiando.

Por otra parte, muchos de esos niños estuvieron en prisión entre dos y 12 meses  ya que las condenas varían según sea la acusación formulada contra ellos: de dos a seis meses por lanzar una piedra y 12 por lanzar una botella incendiaria. Han sido documentados 10 casos en que los niños permanecieron 24 meses en prisión en espera de ser enjuiciados.

El Ministerio de Asuntos de los Prisioneros, basado en un estudio y análisis de los casos de detención, reveló que la mayoría de los menores prisioneros han sido detenidos en sus casas por la noche, en condiciones aterradoras para ellos y sin tomar las medidas legales y jurídicas suficientes. Asimismo, los niños son enjuiciados por tribunales militares no aptos ni especializados. Los lugares en que son detenidos carecen del mínimo de normas internacionales.

El propio Ministerio confirmó dos intentos de suicidio por parte de dos menores en la prisión Kfar Etsion, en los meses de agosto y septiembre del año 2003, debido a que fueron encerrados en celdas de aislamiento, lo cual se considera como un trato severo, tortura y terrorismo.

Niños prisioneros enfermos

Informes y estadísticas del Ministerio de Asuntos de los Prisioneros señalan la existencia de 31 niños palestinos enfermos en la prisión, es decir el 7 por ciento del total. Asimismo, al 64 por ciento de los menores encarcelados enfermos aún no se les ha celebrado juicio. Según testimonio de los propios niños, solamente tres de los enfermos han recibido atención médica.

En cuanto a las enfermedades que sufren esos menores están reumatismo, problemas respiratorios, alergias, dolores estomacales, problemas nerviosos, cáncer y otras. Según estadísticas del propio ministerio sobre los niños enfermos el 6,4 por ciento de esas enfermedades son causadas por las circunstancias de la detención y el interrogatorio, específicamente crisis nerviosas, falta de aire y cefaleas.

Entre los menores prisioneros hay 22 que no han sido acusados ni enjuiciados y están bajo la denominada detención administrativa. Esos infantes representan el 7 por ciento de los niños palestinos prisioneros en las cárceles y centros de detención israelíes. Se conoce que a 16 de esos niños les ha sido renovada la detención administrativa de dos a tres veces. Las edades de los detenidos sin acusación alguna ni juicio oscilan entre 16 y 18 años.

Centros de detención infantil

Los niños prisioneros son recluidos en centros de detención, de interrogatorio y en cárceles israelíes enclavadas dentro de los territorios del 48 y en los territorios palestinos ocupados. Esas instalaciones pertenecen al ejército de ocupación, a la Dirección de Prisiones y a la policía israelí. Ello significa que esos niños están detenidos en zonas alejadas de sus lugares de residencia.

Generalmente los niños sufren condiciones extremadamente difíciles en las cárceles como falta de higiene por la carencia de útiles de aseo. No se bañan por carecer de agua. Las celdas están húmedas por las filtraciones causadas por las lluvias y se propagan las enfermedades dermatológicas contagiosas. También se reportan desnutrición, falta de alimentos, falta de atención médica, déficit de ropa y medicinas, prohibición de visita de los familiares, además de golpes y aislamiento.

Asimismo, les prohíben toda comunicación con el mundo exterior. No tienen a su alcance la educación, ni a los libros escolares, ni son asistidos por sicólogos, ni por trabajadores sociales. Son sometidos a registros humillantes y provocadores. Las celdas carecen de baños y de instalaciones sanitarias ni siquiera colectivas (uno para cada pabellón). Los carceleros son los que controlan el horario para el uso de los baños y de las instalaciones sanitarias (se les permite bañarse una vez por semana).

Tampoco tienen botellones de agua en las celdas. Los carceleros les dan una botella de agua de 5,1 litros y cuando se les acaba no pueden volver a llenarla.

Volver